Testamentos y planificación sucesoria

Planificar la sucesión en vida, mediante testamento y otras herramientas legales, es la forma más eficaz de que los bienes se repartan conforme a la voluntad del testador y de evitar conflictos futuros entre los herederos.

Tipos de testamento

El testamento abierto, otorgado ante notario, es el más habitual y ofrece mayor seguridad jurídica. El testamento cerrado se redacta por el propio testador y se entrega al notario sin que este conozca su contenido. El testamento ológrafo, escrito de puño y letra por el testador, es válido pero exige su adveración judicial tras el fallecimiento, lo que puede alargar los trámites.

Ventajas de testar frente a la sucesión intestada

Cuando no existe testamento, se aplican las reglas legales de la sucesión intestada, que distribuyen los bienes según un orden de parientes preestablecido y no siempre coincide con la voluntad real del fallecido. Testar permite designar herederos y legatarios, nombrar albacea o contador-partidor, prever sustituciones y facilitar considerablemente la posterior partición.

Herramientas de planificación sucesoria

Además del testamento, existen otras vías para preparar la sucesión: donaciones en vida con reserva de usufructo, pactos sucesorios en los territorios donde el derecho civil propio los permite, o la designación de beneficiarios en seguros de vida. Combinadas de forma adecuada, estas herramientas ayudan a anticipar la partición y a reducir tanto los conflictos como la carga fiscal futura.

Cuándo conviene revisar o modificar el testamento

Es recomendable revisar el testamento tras cambios familiares relevantes, como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de hijos o el fallecimiento de un heredero previsto, así como tras variaciones patrimoniales importantes o un cambio de residencia habitual que pueda alterar la ley aplicable a la sucesión.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio hacer testamento?

No es obligatorio, pero evita que se apliquen las reglas generales de la sucesión intestada y permite ajustar el reparto a la voluntad real del testador.

¿Se puede cambiar el testamento cuantas veces se quiera?

Sí. El testamento es revocable en cualquier momento y solo produce efectos el último otorgado válidamente.

¿Qué tipos de testamento existen y cuál es el más habitual?

El Código Civil distingue entre testamentos comunes y especiales. Los comunes pueden ser ológrafos, abiertos o cerrados; el testamento abierto otorgado ante notario es el más habitual porque el notario redacta y autoriza la voluntad del testador, comprueba los requisitos legales y conserva el documento en su protocolo.

¿Cuánto cuesta hacer testamento ante notario?

El coste depende del arancel notarial, de la extensión y complejidad del testamento y de las copias que se soliciten. Antes del otorgamiento puede consultarse el importe aproximado con la notaría, especialmente cuando se pretenden establecer legados, sustituciones, cautelas o disposiciones sucesorias de especial complejidad.

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