Trámites en el Registro de la Propiedad tras una herencia: documentos y plazos

Heredar una vivienda no termina con la firma de la escritura de aceptación y partición: para que quede protegida frente a terceros y se pueda vender o hipotecar sin problemas, hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad. En Herencias Villalba acompañamos a los herederos de Collado Villalba y la Sierra de Madrid en todo este proceso, desde la escritura hasta la inscripción.

Por qué conviene inscribir la vivienda heredada

En España la inscripción registral no es obligatoria, pero sí muy recomendable: mientras la vivienda no figure a nombre de los nuevos propietarios, resulta mucho más difícil venderla, hipotecarla o defenderla frente a terceros. Retrasar la inscripción también suele complicar trámites futuros, cuando ya han pasado los años y faltan documentos o testigos de la herencia original.

Qué documentos hacen falta

Para presentar la herencia en el Registro de la Propiedad se necesita el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades del causante, la copia autorizada del testamento si existe, o el acta notarial de declaración de herederos abintestato si no lo hay, la escritura de aceptación y partición de herencia otorgada ante notario, y el justificante de haber liquidado el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal, o de estar exento de ellos.

El orden correcto: primero los impuestos, luego el registro

El registrador no inscribirá la herencia si antes no se acredita el pago, o la exención, del Impuesto de Sucesiones y de la plusvalía municipal (IIVTNU). En algunos casos, además, puede ser necesario liquidar el modelo 600 de Actos Jurídicos Documentados, por ejemplo cuando en la partición se produce un exceso de adjudicación no compensado a otro heredero. Por eso conviene revisar la fiscalidad de la herencia antes de presentar cualquier documento en el Registro, para no tener que subsanar más adelante.

Plazos: cuánto tarda la inscripción y cuánto tiempo hay para liquidar impuestos

Una vez presentada correctamente toda la documentación, el registrador dispone de un plazo legal de calificación de 15 días hábiles para inscribir la herencia o notificar qué falta o qué debe subsanarse. Por otro lado, conviene no perder de vista que el Impuesto de Sucesiones debe liquidarse dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento, plazo que se puede prorrogar otros 6 meses más si se solicita dentro de los 5 primeros meses; superarlo sin liquidar genera recargos e intereses.

Preguntas frecuentes sobre el Registro de la Propiedad tras una herencia

¿Es obligatorio inscribir una vivienda heredada en el Registro de la Propiedad?

No es obligatorio, pero sí muy recomendable, porque mientras no esté inscrita resulta mucho más difícil venderla, hipotecarla o defenderla frente a terceros.

¿Qué documentos necesito para inscribir una herencia?

Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, la escritura de aceptación y partición, y el justificante de pago del Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal.

¿Puedo inscribir la herencia sin haber pagado el Impuesto de Sucesiones?

No. El registrador exige acreditar el pago o la exención de este impuesto y de la plusvalía municipal antes de inscribir.

¿Cuánto tarda el registrador en inscribir la herencia?

La ley le da un plazo de calificación de 15 días hábiles desde que se presenta correctamente toda la documentación.

¿Qué plazo tengo para liquidar el Impuesto de Sucesiones?

6 meses desde el fallecimiento, prorrogables por otros 6 si se solicita la prórroga dentro de los primeros 5 meses.

Ver también

Asesoramiento para inscribir una herencia en el Registro de la Propiedad en Collado Villalba

En Herencias Villalba preparamos la escritura de aceptación y partición y nos encargamos de que la herencia quede correctamente inscrita en el Registro de la Propiedad, revisando antes toda la fiscalidad para evitar retrasos. Puede contactar en el teléfono 622 021 960 o solicitar cita en Calle Virgen del Pilar 1, Collado Villalba.
Llámanos