Qué es el usufructo legal del cónyuge viudo
El usufructo permite al cónyuge sobreviviente usar y disfrutar los bienes sobre los que recae y percibir sus frutos o rendimientos, conservando su sustancia. La propiedad se divide temporalmente entre el usufructuario y el nudo propietario. Por ejemplo, si el usufructo recae sobre una vivienda, el cónyuge puede tener derecho a utilizarla o a percibir su renta. Los nudos propietarios son titulares del bien, pero su derecho está limitado mientras subsista el usufructo. El usufructo legal del cónyuge constituye su legítima en el Derecho civil común. Puede coexistir con otras atribuciones establecidas en el testamento o derivadas de la sucesión intestada, pero no debe confundirse con la parte que le corresponda por la previa liquidación de la sociedad de gananciales. La mitad del patrimonio ganancial que se adjudique al viudo no procede de la herencia: le corresponde por la liquidación de su régimen matrimonial. El usufructo se calcula después sobre el patrimonio que integra la sucesión del fallecido.Cuánto usufructo corresponde según con quién concurra
Los artículos 834 a 837 del Código Civil establecen una cuota variable según los familiares que concurran a la herencia.Si concurre con hijos o descendientes
Cuando el cónyuge viudo concurre con hijos o descendientes, tiene derecho al usufructo del tercio destinado a mejora. La regla se aplica tanto si los descendientes son comunes como si son únicamente del fallecido, aunque en este último caso existe una previsión especial sobre la forma de satisfacer el usufructo. El viudo no recibe automáticamente la propiedad del tercio de mejora. Su derecho legal recae sobre el usufructo, mientras la nuda propiedad corresponde a quienes resulten herederos.Si concurre con ascendientes
Si no existen descendientes, pero concurren padres o ascendientes del fallecido, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia. La existencia de bienes gananciales no modifica por sí sola esta proporción. Primero se liquida el patrimonio común y después se calcula el usufructo sobre la masa hereditaria correspondiente al causante.Si no existen descendientes ni ascendientes
Cuando no existen descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de dos tercios de la herencia. Esto no significa necesariamente que su derecho quede limitado a ese usufructo. En una sucesión sin testamento, el cónyuge puede recibir además derechos en propiedad conforme al orden sucesorio aplicable. También puede haber sido favorecido por el testamento, siempre dentro de los límites legales.Qué es la conmutación del usufructo y cuándo interesa
La conmutación sustituye el usufructo por otra forma de satisfacción económica. Los artículos 839 y 840 del Código Civil permiten, en los supuestos regulados, satisfacer el derecho viudal mediante:- Una renta vitalicia.
- Los rendimientos o productos de determinados bienes.
- Un capital en efectivo.
- En el supuesto especial de concurrencia con hijos solo del causante, un capital en dinero o un lote de bienes hereditarios en los términos legalmente previstos.
Qué es la cautela Socini y qué efecto tiene
La cautela Socini es una cláusula testamentaria mediante la que el testador ofrece a los legitimarios una opción. Habitualmente se atribuye al cónyuge viudo un usufructo más amplio que el previsto como legítima y se permite a los descendientes elegir entre:- Respetar ese usufructo ampliado y recibir las atribuciones previstas en el testamento.
- Exigir su legítima estricta libre de esa carga, pero aceptar la limitación establecida por el testador sobre lo que exceda de ella.
El usufructo cuando hay separación o divorcio previo
El cónyuge divorciado no conserva la condición de cónyuge viudo ni el usufructo legitimario derivado del matrimonio extinguido. Tampoco tiene derecho al usufructo legal quien estuviera separado legalmente o de hecho al producirse el fallecimiento. La separación de hecho puede generar controversias probatorias, por lo que deben examinarse la convivencia, los domicilios, las comunicaciones y las circunstancias familiares. Si hubo separación y posteriormente reconciliación, deben comprobarse sus efectos y la forma en la que se documentó o comunicó. Además, una disposición testamentaria expresa a favor del excónyuge o del cónyuge separado requiere una interpretación específica, pues no es lo mismo el derecho legal que una atribución voluntaria incluida en el testamento.Preguntas frecuentes
¿El cónyuge viudo hereda además del usufructo?
Puede hacerlo. El usufructo constituye su legítima legal, pero el testamento puede atribuirle otros bienes o derechos y, en una sucesión intestada, puede corresponderle una participación en propiedad según los familiares que concurran.
¿Qué parte de la herencia recibe en usufructo si hay hijos?
Si concurre con hijos o descendientes, le corresponde el usufructo del tercio destinado a mejora. Este derecho se calcula sobre la masa hereditaria del fallecido después de delimitar y liquidar, cuando proceda, los bienes gananciales.
¿Se puede sustituir el usufructo por dinero o por un bien concreto?
Puede conmutarse por una renta vitalicia, rendimientos de determinados bienes o un capital en efectivo. En ciertos supuestos de concurrencia con hijos únicamente del causante también puede satisfacerse mediante un lote de bienes hereditarios. La valoración y ejecución deben acordarse correctamente.
¿Qué es la cautela Socini y para qué sirve en el testamento?
Es una cláusula que suele ofrecer a los legitimarios la opción de aceptar un usufructo más amplio a favor del cónyuge o limitarse a recibir su legítima estricta libre de esa carga. Busca proteger al viudo sin eliminar los derechos legitimarios.
¿Pierde el usufructo el cónyuge separado o divorciado?
El divorciado no conserva este derecho legal. El cónyuge separado legalmente o de hecho tampoco tiene, como regla general, el usufructo viudal, sin perjuicio de analizar una posible reconciliación o las disposiciones testamentarias existentes.
Ver también
- Testamentos y planificación sucesoria
- Partición de herencia: cómo repartir y adjudicar los bienes
- Reclamación de la legítima: cómo defender sus derechos como heredero forzoso
- Contacto
- Herencia y divorcio
- Herencia y segundas nupcias